lunes, 27 de julio de 2009

Régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos “Arbanet” – ARBA.

Las diferencias determinadas sobre la declaración jurada anual presentada que arrojen saldos a favor del contribuyente serán devueltas por la Agencia de Recaudación.

La Resolución Normativa Nº 111/08 y modificatorias dispone en su artículo 15, que en los casos en que, en oportunidad de efectuar el contribuyente la determinación del impuesto anual con la presentación de la declaración jurada, surjan diferencias entre lo determinado por el obligado y el importe liquidado por la Autoridad de Aplicación, a favor del primero, las mismas quedarán sujetas a devolución, agregando el artículo 16 de la norma referenciada, la posibilidad de utilizar los procedimientos instituidos o que se instituyan a tales fines.

El artículo 13 de la misma resolución, dispone que la Autoridad de Aplicación pondrá a disposición del contribuyente, para la misma oportunidad en que éste deba presentar la declaración jurada anual, una liquidación de carácter anual que resumirá los anticipos liquidados por el Organismo y que contendrá los parámetros utilizados a tal fin.

Esta liquidación podrá ser consentida por el contribuyente y si de la misma surgen saldos a su favor, salvo ciertos supuestos expresamente contemplados en la presente, por tratarse de una declaración del tributo realizada por el contribuyente, que se condice con la información que a su respecto cuenta el organismo, se procederá al reintegro del mismo conforme lo previsto por el artículo 93 y 94 del Código Fiscal.

En razón de ello y a través de la Resolución citada se establecen las condiciones y modalidades para que se efectúe el procedimiento de la devolución, compensación o acreditación de los saldos a favor de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

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miércoles, 22 de julio de 2009

El fisco bonaerense potencia la política de moratoria permanente

La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) amplió la vigencia de plan de pagos para deudas impositivas hasta el 31 de julio.

Complementariamente, el organismo a cargo de Rafael Perelmiter (foto) otorga bonificaciones por pago al contado "a los contribuyentes que opten por regularizar moras fiscales antes de llegar a juicio".

El plan incluye deudas en los impuestos Inmobiliario, Automotor, sobre los Ingresos Brutos, Sellos y Planes de Pago caducos devengados al 31 de diciembre del año pasado y otorga bonificaciones del 80% por cancelación en uno o tres pagos.

El fisco bonaerense subraya que la adhesión a estos planes con descuentos "en ningún caso significa que el contribuyente moroso abone menos que si hubiera pagado en término". Quienes elijan regularizar el pago en cuotas deberán abonar un anticipo del 5% y el saldo en planes que podrán variar entre 6 a 15 cuotas con una bonificación por pago en término del 15% sobre el valor de cada una.

También propone opciones de cancelación hasta de 60 cuotas sin bonificación y con un interés de financiación del 1% sobre los saldos. Para las deudas en juicio se aplican descuentos del 40% sobre los intereses y recargos, y una bonificación extra del 30% sobre el saldo si se cancela la deuda al contado, o del 20 si se opta por la modalidad de pago en 6 cuotas en término.

En todos los casos, ARBA otorga una bonificación adicional del 8% de la deuda que ingresa al plan en consideración de los honorarios pagados al apoderado fiscal

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Persecución extrema: por comprar dólares podrá ser investigado en el acto

En conjunto con el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha nuevos controles a fin de restringir la compra de dólares.

Las nuevas herramientas apuntan a detectar a las personas que no tienen capacidad patrimonial para justificar la operación.

"Se está trabajando en instrumentar un programa destinado a vigilar y conocer la capacidad de compra de dólares de los contribuyentes", señaló el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray a un matutino. Y agregó: "Lo que queremos es empezar la investigación sobre los evasores en el momento de la compra de dólares, y no esperar hasta abril o mayo, que es cuando los contribuyentes presentan la declaración de Ganancias o Bienes Personales".

Los nuevos controles regirán a partir del 1 de septiembre, cuando finalice el régimen de blanqueo de capitales. Puntualmente, una vez concluído el amplio perdón fiscal, los bancos y casas de cambio deberán acceder a una base de datos de la AFIP donde, a partir de ingresar el CUIT del comprador de dólares, determinarán al instante si el contribuyente tiene los ingresos necesarios para justificar la operación. "En base a su posición de IVA, Ganancias o Bienes Personales, se asignará un límite a cada contribuyente", aseguró Echegaray al matutino.

"Más allá de lo que diga la base de datos, el individuo se va a llevar los dólares a su casa, pero si saltó la alerta en el sistema, ese contribuyente comenzará a ser investigado en ese mismo momento", señaló Echegaray "y no el año próximo".

De acuerdo al borrador de la resolución conjunta de la AFIP y el BCRA, a partir de septiembre se pondrían en marcha los nuevos controles. Por lo tanto, el nuevo trámite deberá ser cumplido por quienes quieran hacer "determinadas operaciones en el mercado de cambios", que solo podrán ser concretadas "cuando su importe resulte compatible con la situación fiscal y económico-financiera del sujeto que la pretende realizar".

Banco Central
A su vez, desde el BCRA explicaron a un matutino el alcance de los futuros controles: "Primero cortamos el circuito de contado con liquidacion y ahora trataremos de cerrar esta ventanilla por la cual cualquiera podía comprar u$s2 millones sin tener que justificarlo, lo cual generaba un negocio espectacular y poco transparente".

Actualmente, el límite mensual para la compra de divisas se ubica en u$s2 millones. Tanto en la AFIP como en el BCRA consideran que, en el actual contexto de salida de capitales, había que aplicar medidas adicionales.

"Había dos alternativas: bajar el monto de 2 millones a 500.000 o esto, que es demostrar la capacidad fiscal del contribuyente", indicaron desde la conducción del BCRA a un matutino

AFIP

“No es un control de cambios", afirmó Echegaray, en un intento por disipar los rumores sobre la instalación de un sistema que restrinja las operaciones en el mercado cambiario. El titular de la AFIP manifestó que "el contribuyente va a seguir comprando dólares como lo hizo hasta ahora".

Sin embargo, los analistas consultados por este medio, son categóricos al afirmar que la iniciativa tendrá efectos contraproducentes: "Medidas de este tipo sólo impulsarán de inmediato la recreación de las tan conocidas “cuevas”, afirmó un operador de la city porteña.

Otro reconocido operador, que está al frente de la mesa de cambios de un banco nacional, expresó a iProfesional.com: “El sólo anuncio de estas medidas es una pésima noticia para el circuito financiero, ya que pone en pie de alerta a todos aquellos que durante años operaron al margen de la legalidad”.

Según el proyecto, los bancos y agencias de cambio deberán utilizar un sistema a través del cual se registrará cada operación, que se cruzará con los datos patrimoniales del individuo o empresa que “le permitirá a la AFIP generar un disparador de investigación en caso de inconsistencias, para llevar a cabo una fiscalización en tiempo real”.

También se estudia determinar para cada cliente un importe en pesos para realizar operaciones cambiarias.

El mismo operador explicó que “este tipo de controles genera consecuencias totalmente diferentes a las propuestas: exacerba la fuga, reconoció.

En este contexto los consultados destacan irónicamente un aspecto positivo. Sostienen que se generará nuevo empleo, pues proliferarán los tan conocidos "arbolitos" que supieron multiplicarse en las calles en otras épocas. Eso sí, difícilmente su trabajo sea en blanco.

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martes, 21 de julio de 2009

Recalculo de anticipos del Impuesto a las Ganancias para las personas físicas 2009.

Aplicación de la Resolución General Nº 327, sus modificatorias y complementarias para efectuar el recalculo por eliminación de la Tabla de Machinea.

Mediante la Ley Nº 26.477 se eliminó el artículo sin número incorporado a continuación del Artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, con vigencia a partir del 1º de enero de 2009.

La vigencia de la referida ley incide en el cálculo de los anticipos imputables al período fiscal 2009 para las personas físicas y sucesiones indivisas, teniendo en cuenta que el importe de cada uno de ellos resultaría superior al que hubiera correspondido determinar de haberse considerado tal incidencia.

A tales fines, los contribuyentes alcanzados por este beneficio recalcularán la base para la liquidación de los anticipos imputables al período fiscal 2009 —a efectos de contemplar en la determinación del impuesto a las ganancias de dicho período fiscal la incidencia de las modificaciones dispuestas por la Ley Nº 26.477—, con arreglo al modelo de liquidación contenido en el Anexo de la RG.2627, el cual deberá ser conservado como papel de trabajo.

La exteriorización de la nueva base de cálculo se realizará conforme a lo dispuesto en el "TITULO II - REGIMEN OPCIONAL DE DETERMINACION E INGRESO" de la Resolución General Nº 327, sus modificaciones y complementarias, con prescindencia de lo dispuesto en su Artículo 16.

Para ello, los contribuyentes y/o responsables seleccionarán en la transacción informática "Reducción de Anticipos" el impuesto "11-Ganancias Personas Físicas" e ingresarán como período fiscal "20090000", tildando el campo "Ley 26.477".

Se copia a continuación el ANEXO de la RG.2627 que contempla el modelo de liquidación para efectuar el recalculo de los anticipos.

ANEXO RESOLUCION GENERAL Nº 2627
IMPUESTO A LAS GANANCIAS. PERIODO FISCAL 2009 PERSONAS FISICAS Y SUCESIONES INDIVISAS MODELO DE LIQUIDACION DE LOS ANTICIPOS



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viernes, 17 de julio de 2009

Macri pone en marcha la clave fiscal porteña

Ante los problemas para operar con la contraseña administrada por la AFIP, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires lanza su propio sistema que apunta a agilizar la presentación y pago de impuestos. Conozca los aspectos centrales de la herramienta web que será oficializada de manera inminente.

Desde el mes de abril la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) comenzó a detectar problemas en la utilización de la clave fiscal –administrada por la AFIP- a fin de cumplir con las diversas obligaciones tributarias online.

Ante tal panorama, y a efectos de ampliar el gobierno electrónico a nivel local, altas fuentes del fisco porteño confirmaron a iProfesional.com que “ya se está trabajando en un nuevo sistema alternativo que en breve será oficializado”. De hecho, el organismo de recaudación dirigido por Carlos Walter ya comenzó a entregar la nueva “Clave Ciudad” a los contribuyentes que concurren a inscribirse ante la AGIP.

Asimismo, en una etapa posterior, el fisco porteño comenzará a citar a los grandes contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para que obtengan la “Clave Ciudad”, que en un futuro cercano permitirá cumplir con la mayoría de las obligaciones fiscales locales existentes.

Claves del nuevo sistema
De acuerdo al nuevo marco normativo, que será oficializado en breve, la “Clave Ciudad” será obligatoria para la identificación de los contribuyentes en Ingresos Brutos registrados ante la base de datos de la Dirección General de Rentas”.

Respecto a la presentación de las declaraciones juradas impositivas porteñas, la resolución de inminente aparición establecerá que el trámite “se realizará exclusivamente mediante transferencia electrónica de datos a través de la página Web de la AGIP, siendo imprescindible la utilización de la Clave Ciudad”.

Al igual que sucede con la clave fiscal provista por la AFIP, el sistema “Clave Ciudad” prevé diferentes niveles de seguridad a fin de evitar fraudes fiscales y delitos informáticos. Puntualmente, se establecen dos niveles de seguridad:

• El nivel de seguridad 1 se asignará únicamente a las personas físicas cuando actúen en representación de sí mismas, siendo condición necesaria para el ingreso a la función que el contribuyente se encuentre registrado en la base de datos de la Dirección General de Rentas.

De lo contrario, deberá proceder a su inscripción en el impuesto:

• El nivel de seguridad 2 se asignará únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes (designados mediante escritura pública, salvo que se trate del representante legal) o bien personas físicas que actúen en representación de terceros, permitiendo además hacerlo por sí mismos.

A su vez, las autoridades fiscales porteñas determinaron que para obtener el nivel de seguridad 2, el trámite inicial “deberá ser presencial en la Dirección General de Rentas”.

En lo que constituye un trámite más simple, el nivel de seguridad 1 se podrá obtener “ingresando los datos solicitados en la página Web de la AGIP”.

Es habitual que en muchas empresas la clave fiscal suela ser conocida y manipulada por múltiples personas. Ante tal situación, el fisco local lanzó una advertencia: “la información transmitida, la operación del sistema y cualquier efecto jurídico o fiscal que de ella se derive, se imputarán de pleno derecho a la persona física o jurídica en cuyo nombre y representación actúe el usuario”.

No obstante, se permitirá una delegación limitada en el caso de las empresas y compañías, ya que resulta impracticable que los máximos representantes de las firmas sean quienes tengan que realizar tareas operativas tales la presentación de una declaración jurada en Ingresos Brutos.

Más precisamente, a fin de facilitar la operatoria, la nueva norma establece que “el nivel de seguridad 2 permite efectuar delegación en uno o varios subadministradores, y a su vez éste, puede asignar la utilización de servicios a distintos agentes, pero mantendrá la responsabilidad de la clave por su empleo ante la AGIP”.

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Tras las elecciones, la AFIP le puso fecha a la reforma del Monotributo.

“La iniciativa elaborada por la AFIP será presentada en los próximos días al Ministerio de Economía para después elevarla a la Presidencia, y así finalmente ingresará al Congreso luego del receso invernal”, aseguró el titular del fisco nacional, Ricardo Echegaray.

Asimismo, altas fuentes de la AFIP confirmaron a iProfesional.com que el proyecto de modificación será presentado en sociedad durante agosto próximo.

La iniciativa eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.

Como contracara, el proyecto establece importantes subas en la cuota mensual a pagar. En efecto, se ha tomado la decisión de triplicar el aporte jubilatorio mensual elevando el monto de $35 a 110 pesos.

Complementariamente, prevé una actualización del monto que aportan los monotributistas a las obras sociales. El importe mensual destinado al sistema de salud asciende de $46,75 a 70 pesos.

Actualmente, los pequeños contribuyentes pagan -en concepto de impuesto, seguridad social y obra social- una cuota mensual que va desde los $115 a $587. Bajo el nuevo esquema, la cuota más baja será de $213 y la más alta se ubicará en 2.880 pesos.

Detalles del proyecto
El nuevo esquema de tributación que deberán tener en cuenta a tener los monotributistas que presten servicios es el siguiente:



Por otra parte, los valores que deberán considerar los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades se resumen en el siguiente cuadro:



Otra importante modificación consiste en la incorporación de un nuevo parámetro para definir la categoría, y por ende, el monto mensual que ingresará cada monotributista.

Hasta el momento se consideraban los ingresos brutos anuales, la superficie afectada a la actividad y la energía eléctrica consumida en un año. De acuerdo al proyecto, se incorpora como criterio el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.

A fin de determinar qué categoría le corresponde a cada contribuyente deben tenerse en cuenta todos los parámetros. Por lo tanto, si se excede uno de los límites automáticamente debe avanzarse hacia una categoría superior con el consiguiente aumento del monto mensual a pagar.

También se prevé un nuevo régimen de exclusión automática para monotributistas. “En los casos en que la AFIP constate alguno de los supuestos que determinan la exclusión de pleno derecho, procederá a inscribir de oficio a los sujetos en el régimen general de los tributos -impositivos y de los recursos de la seguridad social-", señala el texto del proyecto.

A su vez, la iniciativa plantea que los montos máximos se actualizarán en el futuro de acuerdo a la evolución del salario mínimo vital y móvil. Puntualmente, el proyecto faculta a la AFIP a modificar, una vez al año, los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría, así como las cotizaciones previsionales fijas, “en una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario mínimo vital y móvil o el índice de movilidad de las prestaciones previsionales, el que sea superior”.

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viernes, 10 de julio de 2009

Se frena el cobro de anticipos de impuestos bonaerenses (ARBANET).

Un fallo con sentencia de primera instancia obliga a dejar de lado al polémico sistema de preliquidación impositiva online llamado "Arbanet" para todos los abogados matriculados en Pcia.de Buenos Aires.

Un juez de La Plata obligó a la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) a dejarles de cobrar anticipos por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los abogados agrupados en el Colegio provincial.

La decisión del Juzgado en lo Contencioso Administrativo número 1 de La Plata a cargo de Luis Arias, abre la puerta a una posible avalancha de juicios contra el sistema de preliquidación impositiva bonaerense llamado "Arbanet" .

Desde el Colegio de Abogados provincial argumentaron que los anticipos calculados por ARBA pueden constituir una doble imposición cuando, por ejemplo, el fisco provincial establece montos calculados con base en operaciones bancarias en las que ya se retuvo un porcentaje destinado a Ingresos Brutos.

Arbanet
Desde su implementación, el sistema de preliquidación online en Ingresos Brutos denominado “Arbanet” fue duramente criticado por reconocidos tributaristas.

A fin de entender la cuestionada herramienta del fisco bonaerense, iProfesional.com consultó oportunamente a Mario Volman, socio de Kaplan, Volman & Asociados. El tributarista explicó que “el fisco provincial ha establecido un régimen de determinación administrativa de los anticipos y del saldo de la declaración jurada de Ingresos Brutos de pequeños contribuyentes locales provinciales”.

Los pequeños contribuyentes son aquellos que "han obtenido hasta $450.000 de ingresos operativos -gravados, no gravados y exentos- en el año calendario inmediato anterior”.

El régimen establece que ARBA habrá de determinar administrativamente el gravamen en base a la información que posee.

“Por lo tanto, tendrá en cuenta las declaraciones juradas presentadas, la información proporcionada por agentes de recaudación – entre otras, las retenciones y percepciones sufridas- y demás datos obtenidos de organismos públicos o privados”, explicó Volman.

Por otra parte, tributaristas consultados por este medio, que prefirieron preservar su identidad, fueron aún más duros: “Evidentemente, la voracidad por la caja manda en la Provincia de Buenos Aires y la buena técnica legislativa, así como los derechos de los contribuyentes, han sido sacrificados en pos de las necesidades financieras del Gobierno Provincial”.

Podríamos decir que se trata de un sistema claramente arbitrario: pague lo que nosotros le decimos y, si al confeccionar la declaración jurada anual, determina diferencias a su favor, inicie una acción de repetición; generando así un grave problema financiero. Al hecho de adelantar impuesto a través de los anticipos se suma la tardanza en obtener la devolución del dinero ingresado en exceso”, concluyeron los expertos.

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IGJ: Restricción en el horario de atención al público hasta el 31/07/2009.

La IGJ decidió restringir la atención al público hasta el próximo 31 de julio. La medida se dio a conocer a través de la resolución general 5/2009 publicada en el Boletín Oficial.

De esta manera el organismo se suma al esquema de atención de emergencia debido al avance de la gripe A.

Puntualmente, el horario de recepción de mesa de entradas irá desde 10:30 a 13:30, salvo aquellos trámites urgentes correspondientes al Departamento Precalificados, los cuales se recibirán de 9 a 10.

Respecto al área intervención y rúbrica de libros la resolución establece que los trámites urgentes se recibirán de 9 a 10 y los restantes trámites de 10 a 13, excluidos la solicitud de pedidos de informes.

Por otra parte, se fija en 72 horas el plazo para la sustanciación de trámites registrales del Departamento de Precalificación y para los trámites del Area Intervención y Rúbrica de Libros.

En relación con la recepción de oficios judiciales, la norma establece que se recibirán sólo aquellos que tengan carácter de urgente. Se entenderá por tales a:
• Los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte del auto ordenatorio o del cuerpo del despacho;
• Los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional;
• Los provenientes de organismos instructorios en materia penal.
Asimismo, no se recibirán los siguientes trámites:
• Presentaciones de balances.
• Pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase.
• Solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración.
• Presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de ahorro y capitalización.

De igual manera, no se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 29 de junio pasado excepto en los trámites que corresponden al Departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras.

El plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 29 de junio de 2009 y se reanudará, también automáticamente, el 3 de agosto de 2009.

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Por el virus H1N1, la AFIP restringe la atención al público hasta el 17 de julio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) restringirá la atención al público desde este lunes y hasta el 17 de julio, como medida preventiva a la pandemia de la gripe A.

Así lo informó el sindicato de Trabajadores de la AFIP, que la semana pasada había solicitado la declaración de una "feria impositiva" a raíz de la propagación del virus de influenza H1N1.

La resolución se publicará proximamente en el Boletín Oficial.


El pedido sindical fue aceptado por las autoridades, por lo cual entre el 6 y 17 de julio sólo se realizarán tareas internas con atención al público restringida.

Además, el gremio sugirió "que todos los trabajadores que se encuentran en estado de riesgo de contagio inminente deberían dejar de trabajar en forma inmediata".

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El fisco bonaerense atiende al público en horario restringido

ARBA informó que la sede central de La Plata estará abierta al público en el horario de 10 a 12. Los Centros de Servicios Locales lo harán de 10 a 13

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) informó que la sede central de La Plata atenderá al público en el horario de 10 a 12, mientras que los Centros de Servicios Locales de la Provincia permanecerán abiertos de 10 a 13 excepto que reciban instrucciones precisas de la autoridad sanitaria regional.

A su vez, en el caso del área de Defensa del Contribuyente, los agentes asistirán a los ciudadanos vía telefónica y electrónica exclusivamente.

Desde el fisco bonaerense recuerdan que ante la situación de emergencia sanitaria, los contribuyentespodrán completar distintos trámites sin necesidad de acudir a una delegación a través del sitio www.arba.gov.ar .

Puntualmente, el sitio del Organismo recaudador provincial permite obtener la liquidación de boletas, planes de pago de impuestos, completar gestiones relativas al inicio de actividades económicas, y consultar toda la información referente al organismo.

Además, existe un servicio de chat que funciona de lunes a viernes de 9 a 16, por medio del cual representantes de ARBA asesoran a los contribuyentes acerca de las diversas alternativas para completar los trámites que quieran realizar.

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lunes, 6 de julio de 2009

El fisco bonaerense postergó las retenciones sobre cheques

ARBA congeló hasta septiembre la medida ya que se encuentra en análisis la implementación de un nuevo mecanismo que será coordinado con el BCRA

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) postergó hasta el 1 de septiembre la entrada en vigencia del régimen de retención sobre cheques, e informa que se encuentra en análisis la implementación de un nuevo mecanismo que será coordinado con el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

A través de la resolución normativa 44, ARBA extendió por 60 días más la puesta en vigencia del sistema de retenciones que había sido programado para el 1 de mayo, de acuerdo a lo establecido por la resolución normativa 14/09.

La medida aplicada por ARBA tiene como propósito considerar, evaluar y analizar las dificultades elevadas al organismo por los distintos actores de la economía que participan en el sistema, y redefinir un esquema donde el fisco continúe su tarea recaudatoria sin obstaculizar la gestión de los sujetos involucrados en el régimen.

Inconstitucionalidad

Expertos consultados por iProfesional.com aseguraron que “las características del flamante régimen de retención lo tornan marcadamente inconstitucional”.

En igual sentido se manifestó la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) al poner un freno a los embargos a las cuentas bancarias impulsados por las autoridades fiscales bonaerenses.

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Capital: fijan el plazo de la feria fiscal de invierno

La AGIP estableció que entre el 20 y 24 de julio inclusive, no se computarán los plazos procedimentales. También se aumentó a 1,20% la alícuota del Sircreb

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) fijó la semana correspondiente a la feria judicial de invierno, que establece el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el 20 y 24 de julio inclusive, dentro de la cual no se computarán los plazos procedimentales.

La medida fue dada a conocer a través de la resolución 393/2009 publicada en el Boletín Oficial porteño.

Retenciones bancarias
Por otra parte, a partir de este mes se incrementa a 1,20% la alícuota general aplicable en el sistema de recaudación y control de acreditaciones bancarias (Sircreb) para los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La suba se dio a conocer a través de la resolución 2304/2009 publicada en el Boletín Oficial porteño.

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Oficializan la licencia por 15 días a embarazadas por avance de la influenza

Entre las medidas anunciadas por el ministro Manzur se otorgará una licencia preventiva por quince días a las madres embarazadas, pacientes inmuno comprometidos y oncológicos.

Tras asumir como ministro, Manzur brindó una conferencia de prensa durante la cual afirmó que "la Presidenta me ha instruido para que tome una serie de medidas y acciones", ya que "el país, al igual que muchos otros, vive una situación de pandemia que la OMS ha decretado en su fase seis, la máxima".

"Se generaliza como herramienta para el sector público y privado", aseguró. Las embarazadas son parte de los grupos de riesgo por lo que varias jurisdicciones y reparticiones les otorgaron licencia con goce de sueldo en forma preventiva.

En línea con esta idea, el ministro porteño, Jorge Lemus, aseguró que se mediará con empresas privadas, con los sindicatos y las obras sociales para que les otorguen licencia a las embarazadas mientras dure la emergencia.

Por su parte, el gobierno bonaerense resolvió reforzar con médicos y enfermeras los hospitales del territorio provincial ante el pico de gripe A que se aguarda para dentro de 15 días.

El ministro Claudio Zin informó que "además de la gripe A hay cinco o seis virus circulando en el país, y en las próximas dos semanas se espera el pico de encuentro de esos virus".

"Las decisiones adoptadas en la Capital Federal y la provincia de Buenos Aires son correctas y las comparto absolutamente", dijo Manzur, quien estimó que por el nuevo virus han fallecido "entre 43 o 44 pacientes" en la Argentina.

"Las muertes deben ser enmarcadas en la curva epidemiológica de la patología, que a nivel internacional ronda entre un 0,3 y un 0,4% de mortalidad", dijo el nuevo ministro nacional.

Durante la conferencia de prensa, el ministro Manzur destacó que "el ministerio asume el rol rector de la salud en el país para poner todos los recursos humanos e infraestructura disponibles en el país para paliar la epidemia en el que paciente sin obra social será derivado a cualquier sanatorio privado a costo del Estado".

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El fisco bonaerense potencia su política de moratoria permanente

La Agencia de Recaudación provincial lanzó un nuevo plan de pagos para deudas impositivas que regirá hasta el 31 de julio con importantes bonificaciones.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) lanzó un nuevo plan de pagos para deudas impositivas que regirá hasta el 31 de julio con importantes bonificaciones por pagar al contado.

Para las deudas que no están en juicio, de los impuestos Inmobiliario, Automotor, sobre los Ingresos Brutos, Sellos y planes de pago caducos devengados al 31 de diciembre pasad, se otorgan bonificaciones del 80 %, siempre que se cancelen en uno ó tres pagos.

A su vez, los que prefieran regularizar el pago en cuotas deberán abonar un anticipo del 5 % y el saldo en planes que podrán ser de 6 a 15 cuotas con una bonificación por pago en término del 15% sobre el valor de la cuota.

Los que salden el pago de la deuda con el plan de 18 a 24 cuotas no obtendrán bonificación; mientras que para la modalidad de 27 a 60 cuotas se aplica un interés de financiación del 1% sobre saldo. Para este último caso las cuotas del plan serán iguales, mensuales y consecutivas, y comprende un beneficio adicional de acuerdo a la forma de pago que se seleccione:

• De 27 a 36 cuotas:
si se abonan todas las cuotas del plan en término, se bonifica la última cuota del plan.
De 39 a 48 cuotas: si se abonan todas las cuotas del plan en término, se bonifican las dos últimas cuotas del plan.
De 51 a 60 cuotas: si se abonan todas las cuotas del plan en término, se bonifican las tres últimas cuotas del plan.

En tanto, para las deudas en juicio se aplican descuentos del 40 % sobre los intereses y recargos, y una bonificación extra del 30 % sobre el saldo si se cancela la deuda al contado, o del 20 % si se opta por la modalidad de pago en 6 cuotas en término. En todos los casos, ARBA otorga una bonificación adicional del 8% de la deuda que ingresa al plan en consideración de los honorarios pagados al apoderado fiscal.
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miércoles, 1 de julio de 2009

ARBA ajusta régimen de retención sobre cheques

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) prorrogó hasta el 1º de julio próximo la entrada en vigencia del régimen de retención sobre cheques.

Por medio de la resolución 28/09, ARBA suspendió por 60 días la puesta en vigencia del sistema de retenciones.

La prórroga tiene como propósito considerar, evaluar y analizar las dificultades elevadas al organismo por los distintos actores de la economía que participan en el sistema, y redefinir un esquema donde el fisco continúe su tarea recaudatoria sin obstaculizar la gestión de los sujetos involucrados en el régimen.

Compraventa de dólares
Por otra parte, desde este mes ARBA puso en marcha un nuevo régimen de información que recae sobre la compraventa de billetes y divisas extranjeras.

El régimen de información obliga a los bancos, las casas, agencias y corredores de cambio a informar las operaciones mensuales de compraventa de billetes y divisas extranjeras.

De acuerdo al nuevo esquema, el primer vencimiento será el próximo 10 de julio respecto a las operaciones realizadas durante junio.

Asimismo, ARBA depuró el padrón de contribuyentes alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y detectó que 28.800 contribuyentes que figuraban como no inscriptos realizaron movimientos bancarios por $1.550 millones durante abril pasado.

Entre los 28.800 contribuyentes de alto interés fiscal hubo 4.000 que realizaron movimientos por $1.000 millones; y dentro de ese universo unos 100 ciudadanos que efectuaron múltiples operaciones bancarias que totalizan más de $1 millón cada una a lo largo del período.

Es importante aclarar que a partir de este mes se procederá a fiscalizar los 28.800 casos detectados a través del régimen de retenciones bancarias vigente desde el 1 de abril; y destacar que al resto de los contribuyentes que hayan sido alcanzados por la medida se les acreditará de manera automática los montos retenidos en sus cuentas.

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