sábado, 16 de enero de 2010

Nueva clave fiscal porteña: rige el plan de incorporación masiva.

Se recurrio a tal efecto a los quince Centros de Gestión y Participación comunales (CGP).

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) puso en marcha una fuerte campaña para que las empresas y particulares locales implementen la herramienta web que facilita el pago y presentación de impuestos municipales.

Mediante la reglamentación, el organismo que conduce Carlos Walter decidió recurrir a los quince Centros de Gestión y Participación comunales (CGP) a fin de descentralizar aún más la realización del trámite.

Desde el fisco porteño, explicaron que el nuevo procedimiento busca darle “mayor celeridad y eficiencia a la obtención de la Clave Ciudad”.

Asimismo, el nuevo ordenamiento reglamentario prevé un mecanismo alternativo que deberán respetar los grandes contribuyentes locales. Tales responsables tendrán que efectuar las solicitudes en la Sede Central del fisco porteño”.



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Monotributo: arranca la última semana para pagar y recategorizarse.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el próximo 22 de enero el plazo de recategorización y pago de la primera cuota del Monotributo.

A fin de actualizar la situación impositiva, los monotributistas tendrán que considerar los siguientes renovados valores de referencia para cada categoría:





Las empresas y particulares adheridos al régimen simplificado deberán ajustar su condición en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que ejercen, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados durante 2009.

De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente el responsable debe avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.

El ingreso correspondiente a la nueva categoría se tendrá que efectuar a partir de la cuota correspondiente a febrero próximo.

Voz oficial
Respecto a la marcha de la recategorización, en el marco de la jornada organizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Facpce), el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, señaló que “al día de la fecha tenemos registradas 20.356 adhesiones y 89.228 recategorizaciones”.

De las 20.356 adhesiones, 18.041 corresponden a nuevos contribuyentes que no estaban en la economía, mientras que los 2.315 restantes provienen del régimen general. Al respecto, destacó que sobre ese total, “64 estuvieron categorizados hasta diciembre como grandes contribuyentes, lo que nos llama la atención”. Y agregó que “vamos a poner la lupa en ese grupo porque trabajamos mucho para que este nuevo Monotributo no sea un traje para el enano fiscal”.

El administrador federal de Ingresos Públicos también puso el alerta sobre 50 contribuyentes que, previo a darse de alta en el nuevo régimen de Monotributo, estaban categorizados como inactivos o no localizables.


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Macri retendrá dinero sobre cuentas bancarias a quienes deban Patentes y ABL.

El fisco informará a los bancos el listado de contribuyentes que adeuden importantes sumas en Patentes, ABL y Publicidad”, explicaron desde la AGIP.

Con el doble objetivo de reducir la evasión y de reforzar la “caja” porteña, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) retendrá dinero sobre las cuentas bancarias pertenecientes a los deudores en el Impuesto de Patentes y la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL).

Altas fuentes del fisco porteño adelantaron en exclusiva a iProfesional.com la puesta en marcha de un nuevo régimen de pago a cuenta que “recaerá sobre los grandes y medianos contribuyentes de impuestos predeterminados”.

El nuevo régimen propone una novedosa vinculación entre los impuestos locales. “El fisco informará a los bancos el listado de contribuyentes que adeuden importantes sumas en Patentes, ABL y Publicidad”, explicaron desde la AGIP.

Puntos Importantes
• El fisco porteño pondrá en marcha un nuevo régimen de pago a cuenta que recaerá sobre los grandes y medianos contribuyentes de impuestos predeterminados.
• El monto se computará contra Ingresos Brutos o será devuelto una vez cancelado el importe reclamado por el organismo recaudador.


“Luego las entidades financieras deberán retener un porcentaje de las nuevas acreditaciones registradas”, agregaron las fuentes consultadas.

Al tratarse de tributos cuyos valores son predeterminados, se hace dificultosa la aplicación de la retención a futuros pagos de Patentes, ABL y Publicidad.

Ante tal escenario, desde la AGIP explicaron los dos caminos posibles:
• Si el contribuyente está inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la retención se podrá computar contra futuros pagos.
• De no estar inscripto, el responsable deberá cancelar el monto reclamado en Patentes, ABL y Publicidad. “Una vez regularizada la situación, los bancos depurarán el padrón y automáticamente devolverán los montos retenidos”, aseguraron desde el fisco local.

El nuevo régimen será similar al sistema de recaudación y control de acreditaciones bancarias (Sircreb) que ya rige para Ingresos Brutos. Por lo tanto, se estima que la alícuota aplicable será del 1,2% que podrá aumentar hasta ubicarse en más de 5% de tratarse de un contribuyente de “alto riesgo fiscal”.

Clave fiscal porteña: incorporación masiva
Por otra parte, la AGIP extendió la implementación del nuevo código online para la identificación inequívoca de los contribuyentes locales de todos los impuestos.

Desde el fisco porteño explicaron que al crear la denominada "Clave Ciudad" se implementó de manera obligatoria sólo "para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos".

Por lo tanto, a fin de avanzar en la incorporación masiva, el fisco porteño extendió la clave fiscal porteña "para la identificación inequívoca de los contribuyentes o responsables de todos los gravámenes" administrados por el organismo de recaudación local.

"Asimismo, se facultó a la Dirección General de Rentas para establecer el cronograma escalonado de implementación a fin de la realización de trámites o cualquier otro servicio que se habilite en el futuro, respecto a los distintos impuestos que recauda la AGIP", explicaron las fuentes consultadas.

Al igual que sucede con la clave fiscal suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el sistema de implementación del código porteño prevé diferentes niveles de seguridad a fin de evitar fraudes fiscales y delitos informáticos. Actualmente, rigen dos niveles:

• El nivel de seguridad 1 se asignará únicamente a las personas físicas cuando actúen en representación de sí mismas.
• El nivel de seguridad 2 se asignará únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes o bien personas físicas que actúen en representación de terceros, permitiendo además hacerlo por sí mismos.

De tratarse del representante legal de asociaciones y sociedades de cualquier tipo, el responsable deberá presentar en las oficinas de la AGIP:
Original y copia de:
• Documento de identidad.
• Documentación que lo acredite como representante legal de la respectiva entidad.
• Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria o Laboral (CUIT o CUIL) En
El nuevo código online permite que los contribuyentes agilicen las presentaciones y pagos de impuestos. Asimismo, la clave le facilita al fisco porteño la tarea de inspección y fiscalización.

Hernán Gilardo
Publicado por iProfesional.com


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Reintegran cuotas a monotributistas y autónomos cumplidores.

Entre Enero y Febrero, la AFIP les reintegrará un pago a quienes ingresaron en tiempo y forma las obligaciones que vencieron durante todo el año 2009.

Durante Enero y Febrero de 2010, los contribuyentes “cumplidores” que abonaron bajo la modalidad de débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito, recibirán el reintegro por buen cumplimiento en los pagos del Monotributo y Autónomos que hicieron durante todo el 2009.

Monotributo
En enero, el reintegro, conforme lo previsto por la ley anterior de Monotributo, es el equivalente a una cuota del componente impositivo correspondiente a la categoría en que estuvieron inscriptos. Para aquellos que iniciaron actividad durante el 2009, la devolución se reducirá a un 50% en la medida que la cantidad de cuotas ingresadas fueran entre 6 y 11.

La nueva ley del Régimen Simplificado, sancionada recientemente, mantiene este premio el que será abonado en marzo del 2011 sobre la base del cumplimiento en los pagos del año 2010.

Autónomos
De la misma forma, a los trabajadores autónomos que hayan cumplido en tiempo y forma con la cancelación de sus aportes personales con destino al Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS), correspondientes a los 12 meses, se les reintegrará en febrero próximo una suma equivalente al total de su aporte personal mensual, correspondiente a la categoría de inscripción.

En los casos de inicio de actividad durante el 2009 o de un período calendario irregular, el reintegro será del 50%, siempre que la cantidad de cuotas ingresadas adecuadamente fuera entre 6 y 11.

Acreditación bancaria o en la tarjeta de crédito
En ambos casos, Monotributo y Autónomos, el importe correspondiente al reintegro será efectuado automáticamente mediante acreditación en la cuenta bancaria adherida al servicio o en la correspondiente a la tarjeta de crédito.

Pérdida del beneficio
El beneficio se pierde cuando los contribuyentes no hubiesen ingresado la totalidad de las cuotas que estaban obligados a pagar durante 2009, respetando las fechas de vencimiento establecidas y la inscripción en las categorías que correspondieren.

Fuente: IProfesional.com

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viernes, 8 de enero de 2010

Extenderán plazo para recategorizarse durante enero a los monotributistas.

Los cambios que votó el Congreso en el régimen del Monotributo comenzaron a regir a partir del lunes 04 de enero.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), informó que se dispusieron dos medidas transitorias, teniendo en cuenta que durante la primera semana de enero se debe abonar la cuota del mes y vence además el plazo para recategorizarse

Tal como había adelantado iProfesional.com, se prorroga así el plazo para recategorizarse durante el primer mes del 2010..

Los monotributistas de la categoría A con hasta $12.000 de facturación anual que quedó absorbida en la categoría B con hasta $24.000 anuales, tendrán que pagar la cuota de enero mostrando la credencial de pago actual, pero automáticamente el sistema emitirá el comprobante por el nuevo valor del impuesto. Este último crecerá de $33 a $39 sumando la cuota de salud y jubilación.

La nueva ley de Monotributo introdujo modificaciones importantes en el sistema:

Aumentó la suma fija del aporte previsional, de $35 a $110, y el de la obra social de $46,75 a $ 70 y se quitó la categoría más baja, de hasta $12.000 pesos de facturación anual, uniéndola con la siguiente.

Para la locación de servicios, el tope aumentó de $72.000 a $200.000, mientras que para el resto de las actividades, de $144.000 a $300.000.

Bajo el nuevo esquema, para el rubro profesionales, en la categoría más baja de hasta $ 24.000 de facturación anual, el mínimo por mes creció a $219 que se descompone en $39 de impuesto, $70 de obra social y 110 de aporte previsional En tanto, que para la más alta la mensualidad será $1.780 en total.



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Entró en vigencia el nuevo régimen de monotributo

El nuevo régimen del Monotributo fue reformulado a través de la Ley 26.565.

La iniciativa sancionada a fines del 2009 eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Los valores límites llevan más de una década sin actualizarse.

Como contrapartida, el nuevo esquema también prevé importantes subas en la cuota mensual a pagar.

Puntos Importantes
• El nuevo esquema eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades.
• Como contrapartida, se aumenta el aporte jubilatorio de $35 a $110. El monto destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.

Respecto al aporte jubilatorio, se triplica el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110, mientras que el aporte destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.

Sumado el componente impositivo, la cuota más baja queda en $219 y la más alta alcanza los 2.880 pesos.

Puntualmente, las nuevas categorías a tener en cuenta por quienes presten servicios es el siguiente:



Por otra parte, los valores a considerar por los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades es:



Asimismo, a partir de este mes los pequeños contribuyentes deben respetar un nuevo parámetro, que les determinará el peso de la carga fiscal mensual a ingresar.
Puntualmente, se incorpora como elemento a tener en cuenta el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.

A efectos de evitar la desactualización de los topes y de los valores a cancelar en cada mes, el nuevo ordenamiento prevé que la AFIP podrá modificar, una vez al año, los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto a ingresar, correspondientes a cada categoría, en una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario mínimo vital y móvil o el índice de movilidad de las prestaciones previsionales, el que sea superior.

De manera adicional, la nueva norma establece un requisito extra para las categorías más elevadas. Con la mira puesta en promover el empleo registrado, las empresas y particulares cuyos ingresos brutos anuales estén entre $200.000 y $300.000 podrán permanecer en el régimen, siempre y cuando, cumplan con una cantidad mínima de personal en relación de dependencia:
• Hasta $235.000: 1 empleado.
• Hasta $270.000: 2 empleados.
• Hasta $300.000: 3 empleados.

Otra novedad refiere al nuevo régimen de exclusión automática para monotributistas. La herramienta permite que la AFIP -cuando constate la infracción- inscriba de oficio a los sujetos en el régimen general impositivo y previsional.

Por otra parte, el nuevo ordenamiento mantiene la condición que establece que no podrán ser monotributistas los contribuyentes que realicen más de tres actividades, o que tengan más de tres unidades de explotación. Asimismo, el renovado esquema eleva a $2.500 el precio máximo unitario de venta de bienes muebles permitido.

Una duda que preocupa a los pequeños contribuyentes refiere a qué sucede con los responsables que abandonaron el régimen simplificado y que, de acuerdo a los nuevos valores, puedan regresar al Monotributo. Julián O. Esposito, consultor tributario, explicó la solución que prevé el nuevo marco legal: "Se permite el reingreso de los responsables, en tanto reúnan los nuevos requisitos y condiciones previstas por la reforma, pudiendo ejercerse dicha opción hasta la finalización del primer cuatrimestre calendario completo posterior a la fecha de publicación de la ley".

"Por lo tanto, el período de transición tendrá lugar durante los primeros cuatro meses de 2010", concluyó Esposito.

Por último, la iniciativa aprobada contempla la creación de un nuevo régimen de inclusión social y promoción del trabajo independiente.

Para acceder al régimen de inclusión, el responsable deberá cumplir con las siguientes condiciones:
• Ser persona física mayor de 18 años.
• Desarrollar exclusivamente una actividad independiente y no poseer local o establecimiento estable.
• Que la actividad sea la única fuente de ingresos.
• No revestir el carácter de empleador.
• No ser contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales.
• No superar los $24.000 en concepto de ingresos brutos anuales.

De esta manera, el fisco nacional deja sin efecto al llamado Monotributo eventual.

Publicado por iProfesional.com
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La AFIP arranca el año controlando compra venta de autos usados y gastos con tarjeta.

Arranca el 2010 con la mira puesta en la venta de autos usados y en quienes gasten $3.000 o más mensuales con tarjetas de crédito, débito o compra.

Puntos Importantes
• Ya se encuentra en plena vigencia el Certificado de Transferencia de Automotores online que se implementará de manera escalonada hasta obligar a las operaciones de más de $30.000.
• También rige el flamante régimen que apunta a quienes gasten más de $3.000 mensuales a través de los plásticos.


En efecto, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arranca el 2010 con la mira puesta en la venta de autos usados y en quienes gasten $3.000 o más mensuales con tarjetas de crédito, débito o compra. Asimismo, el arranque del nuevo año coincide con la entrada en vigencia del renovado Monotributo.

Puntualmente, a partir del viernes pasado, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray puso en plena vigencia el nuevo Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) online que deberá utilizarse obligatoriamente al momento de transferir un vehículo de segunda mano.

La implementación del nuevo mecanismo se hará de manera escalonada: a partir de este mes abarca sólo a las operaciones mayores a $50.000, para luego obligar a las transacciones de más de $40.000 (desde mayo próximo). El esquema finalizará en agosto de este año al alcanzar a las ventas por más de 30.000 pesos.

El otro pilar de la avanzada, puesto en marcha hace apenas tres días, consiste en un nuevo régimen de información que afecta a las empresas emisoras y los titulares de los plásticos.

En efecto, las compañías administradoras de sistemas de tarjeta de crédito deberán informar mensualmente en detalle:
• Los locales adheridos.
• Las operaciones canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra.
• Los plásticos emitidos tanto en el país como en el exterior.

Una vez analizados los datos aportados, el fisco nacional podrá confrontar el nivel de vida que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. El cruce de datos permitirá disparar inspecciones al detectar incongruencias manifiestas.

Autos usados
“El vendedor del vehículo usado deberá obtener el certificado vía web, en el que deberá incluir, entre otros datos, a quién y a cuánto vende su vehículo”, precisó Echegaray al momento de presentar el estricto control que acaba de entrar en vigencia.

El funcionario agregó que los datos del CETA tendrán que figurar obligatoriamente en el formulario 08 al momento de inscribir el vehículo.

Cuando la operación se realice por intermedio de concesionarios o comerciantes que se encuentran registrados ante la AFIP en el Registro de Operaciones de Compraventa de Automotores y Motovehículos Usados, serán estos los responsables de la obtención del CETA, lo que libera al titular del vehículo de cumplir con esta obligación.

La medida se implementa de manera escalonada. A tal fin, la AFIP estableció el siguiente cronograma de implementación de acuerdo al monto de la venta del vehículo:



Por lo tanto, el control que arranca con las operaciones mayores a $50.000 en enero, alcanzará a todas las transacciones de más de $30.000 desde agosto de 2010.

Gastos con tarjetasRespecto al control de los gastos con tarjetas, el fisco nacional puso en marcha un nuevo régimen de información que estará a cargo de las entidades administradoras de sistemas de tarjeta de crédito respecto de:
• Los vendedores, locadores y/o prestadores de servicios adheridos al sistema.
• Las operaciones -ventas de bienes, locaciones de obras y locaciones o prestaciones de servicios- que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito.
• Las tarjetas de crédito y/o de compra utilizadas, tanto emitidas en el país como en el exterior.

Los datos deberán ser suministrados vía transferencia electrónica a través del sitio web de la AFIP. Las compañías emisoras de los plásticos tendrán que cumplir con la nueva obligación “hasta el 26 del mes inmediato siguiente al del período informado”.

Respecto a los locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, el fisco nacional requiere –entre otros datos- lo siguiente:
• Apellido y nombres, denominación o razón social.
• Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
• Domicilio.
• Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).
• Rubro o actividad.
• CUIT de la entidad financiera pagadora.

En relación al detalle de los consumos, la norma establece que las empresas emisoras de plásticos deberán suministrar los datos “cuando la sumatoria de las operaciones canceladas con las tarjetas utilizadas por cada titular, más las utilizadas por usuarios, titulares adicionales y/o beneficiarios de extensiones sea igual o superior a $ 3.000 mensuales”.

Asimismo, el nuevo régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las tarjetas de crédito y de compra emitidas en el país, lo siguiente:
• Apellido y nombres, denominación o razón social.
• Tipo y número de documento.
• Número de tarjeta o de cuenta.
• Domicilio.
• Cantidad de tarjetas adicionales extendidas.
• CUIT de la entidad financiera emisora.
• Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.

De tratarse de titulares de tarjetas de crédito emitidas en el exterior, la AFIP también solicitará:
• CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora.
• CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.

La norma agrega que el envío de datos deberá cumplirse aún cuando en un período no existan operaciones a declarar. A tal fin, se deberá consignar en la declaración jurada la leyenda “sin movimientos”.

Monotributo: nuevo marco y más tiempo para recategorizarse
Si bien aún no se ha dado a conocer la reglamentación, el 1º de enero pasado marcó el punto de partida para el renovado esquema del Monotributo.

La nueva Ley 26.565 eleva el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Como contrapartida, se establecen importantes subas en la cuota que mes a mes se deberá pagar.

Respecto al aporte jubilatorio, se triplica el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110, mientras que el aporte destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.

Sumado el componente impositivo, la cuota más baja queda en $219 y la más alta alcanza los 2.880 pesos.

Ante tal escenario, el fisco nacional decidió implementar dos medidas transitorias, teniendo en cuenta que durante la primera semana de enero se debe abonar la cuota del mes y vence, además, el plazo para recategorizarse.

Tal como había adelantado iProfesional.com, la AFIP decidió prorrogar el plazo para recategorizarse y para pagar la primera cuota del año.

Por otra parte, el nuevo esquema de tributación establece un control más estricto de gastos e ingresos.

En lo referente a la facturación, los pequeños contribuyentes ubicados en las categorías más altas- deberán evaluar diariamente si no superan los nuevos límites de ingresos anuales.

Por lo tanto, las empresas y particulares que se encuentren en el borde de las escalas del renovado esquema tendrán que estar atentos a que cada factura que emitan no los expulse del Monotributo.

En otras palabras, el control se lleva al extremo ya que deberá realizarse cada vez que la compañía o el particular emitan un comprobante.

En materia de gastos, el nuevo régimen simplificado dejará afuera a los profesionales que gasten más de $6.666 mensuales.

Más precisamente, los prestadores de servicios que facturen entre $144.000 y $200.000 no podrán tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el nuevo esquema de tributación.

La modificación también alcanza al caso de venta de bienes, en cuyo caso el tope en cuestión es del 80% de los ingresos brutos máximos.

Como contrapartida, el fisco nacional congeló por cinco meses más la puesta en marcha de las retenciones en el IVA y en Ganancias que alcanzará a los monotributistas.

Por lo tanto, los pequeños contribuyentes comenzarán a soportar pagos a cuenta de hasta 35% recién a partir del 1º de mayo próximo.

En particular, desde el quinto mes del año, el cuestionado mecanismo golpeará a los pequeños contribuyentes siempre que superen los renovados límites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente.

Así, en relación a la magnitud del pago a cuenta, la AFIP estableció una alícuota del 35% en Ganancias y del 21% en IVA.

Publicado por iProfesional.com


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