martes, 4 de mayo de 2010

La AFIP se prepara para lanzar el registro online de empleados.

Es la versión 33 del programa denominado “SICOSS”

Con la mira puesta en combatir la evasión en las relaciones laborales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ya tiene todo listo para la implementación del nuevo registro online de empleados.

Más precisamente, con el lanzamiento de la nueva versión del software que deben utilizar las empresas al momento de liquidar las cargas sociales, el organismo que conduce Ricardo Echegaray preparara el terreno para la puesta en marcha de la nueva herramienta web que permitirá potenciar las inspecciones.

La versión 33 del programa denominado “SICOSS” obliga a más de 550.000 empleadores que responden por aproximadamente 7.100.000 trabajadores registrados que conforman sus dotaciones de personal.

Una vez finalizada la etapa de implementación, el registro online constituirá una sola base de datos digital que será válida para el fisco nacional, el Ministerio de Trabajo, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y otros organismos que demanden datos declarados por las compañías.

“De esta manera, se pondrá punto final a las serias inconsistencias que se presentan en la información volcada ante los distintos organismos públicos”, precisaron desde la AFIP.

Complementariamente, se avanzará en la digitalización del libro de sueldos y jornales, un viejo anhelo del organismo de recaudación. El detalle formará parte de la base de datos a la que podrán acceder las dependencias interesadas a través de un aplicativo por Internet.

Nuevos requerimientos
Con respecto a los cambios que se incorporan a partir del nuevo software, las autoridaes fiscales destacaron “la posibilidad de informar detalladamente la cantidad de días o las horas trabajadas en cada período, por cada trabajador”.

La versión 33 también permite “calcular automáticamente todas las variables incluidas como riesgo del trabajo. Por lo tanto, se deja de lado la realización de estos cálculos manualmente”, puntualizaron desde la AFIP. Esto es así, ya que el monto que va a parar a las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) se conforma por una cuota fija más una suma variable que aumenta en proporción al peligro de la tarea realizada.

“También los empleadores pueden declarar a los trabajadores comprendidos en los regímenes diferenciados de jubilación de la construcción, por tareas riesgosas y del personal docente de las universidades nacionales”, añadieron las fuentes consultadas.

Al aumentar el caudal de datos, que por ahora es optativo, la AFIP podrá perfeccionar las inspecciones y potenciar el cruce de información –principalmente- con el Ministerio de Trabajo y la ANSES.

El nuevo registro online de empleados se enmarca en la misma línea que el ya anunciado reempadronamiento que alcanzará a más de 7 millones de Claves Únicas de Identificación Tributarias (CUIT) correspondientes a particulares y directores o representantes legales de las empresas.

“El trámite deberá ser realizado personalmente por las personas físicas y los representantes de las personas jurídicas”, puntualizó oportunamente Echegaray.

Con respecto a los responsables ya existentes, detalló la pauta a seguir: “La idea es trabajar durante este año con un amplio programa de reempadronamiento”.

En referencia a la posibilidad de una nueva avanzada fiscal, Echegaray fue categórico: “No exigiremos el previo pago de deudas para el reempadronamiento y no vamos a utilizar esta nueva tecnología de control con otros objetivos más que los de constituir una base de datos segura”.

En relación al manejo de los datos, Echegaray indicó: "Esto estará protegido por el secreto fiscal; es la tendencia de otros países de la región y desarrollados. Además, evitará que otra persona diferente del titular del CUIT pueda utilizar esa clave".

Otros cambios.
En la liquidación del impuesto a las ganancias, el nuevo programa aplicativo incorporó los siguientes cambios:

• Detallar los bienes que están alcanzados por convenios de doble imposición.
• También se obliga a consignar las operaciones realizadas que se encuentren amparadas bajo dichos convenios.
• Las personas físicas tienen que precisar el monto de los impuestos análogos pagados en el exterior.
• En el caso de poseer participación societaria alguna, el particular está obligado a consignar el detalle de los bienes de uso para aprovechar el cómputo de la amortización acelerada en Ganancias.

Una vez confeccionadas las declaraciones juradas, los contribuyentes deberán presentarlas “mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP”.

Asimismo, los particulares pueden recurrir a su entidad bancaria de confianza para cumplir con las obligaciones anuales impositivas.



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