sábado, 16 de enero de 2010

Macri retendrá dinero sobre cuentas bancarias a quienes deban Patentes y ABL.

El fisco informará a los bancos el listado de contribuyentes que adeuden importantes sumas en Patentes, ABL y Publicidad”, explicaron desde la AGIP.

Con el doble objetivo de reducir la evasión y de reforzar la “caja” porteña, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos porteña (AGIP) retendrá dinero sobre las cuentas bancarias pertenecientes a los deudores en el Impuesto de Patentes y la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL).

Altas fuentes del fisco porteño adelantaron en exclusiva a iProfesional.com la puesta en marcha de un nuevo régimen de pago a cuenta que “recaerá sobre los grandes y medianos contribuyentes de impuestos predeterminados”.

El nuevo régimen propone una novedosa vinculación entre los impuestos locales. “El fisco informará a los bancos el listado de contribuyentes que adeuden importantes sumas en Patentes, ABL y Publicidad”, explicaron desde la AGIP.

Puntos Importantes
• El fisco porteño pondrá en marcha un nuevo régimen de pago a cuenta que recaerá sobre los grandes y medianos contribuyentes de impuestos predeterminados.
• El monto se computará contra Ingresos Brutos o será devuelto una vez cancelado el importe reclamado por el organismo recaudador.


“Luego las entidades financieras deberán retener un porcentaje de las nuevas acreditaciones registradas”, agregaron las fuentes consultadas.

Al tratarse de tributos cuyos valores son predeterminados, se hace dificultosa la aplicación de la retención a futuros pagos de Patentes, ABL y Publicidad.

Ante tal escenario, desde la AGIP explicaron los dos caminos posibles:
• Si el contribuyente está inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la retención se podrá computar contra futuros pagos.
• De no estar inscripto, el responsable deberá cancelar el monto reclamado en Patentes, ABL y Publicidad. “Una vez regularizada la situación, los bancos depurarán el padrón y automáticamente devolverán los montos retenidos”, aseguraron desde el fisco local.

El nuevo régimen será similar al sistema de recaudación y control de acreditaciones bancarias (Sircreb) que ya rige para Ingresos Brutos. Por lo tanto, se estima que la alícuota aplicable será del 1,2% que podrá aumentar hasta ubicarse en más de 5% de tratarse de un contribuyente de “alto riesgo fiscal”.

Clave fiscal porteña: incorporación masiva
Por otra parte, la AGIP extendió la implementación del nuevo código online para la identificación inequívoca de los contribuyentes locales de todos los impuestos.

Desde el fisco porteño explicaron que al crear la denominada "Clave Ciudad" se implementó de manera obligatoria sólo "para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos".

Por lo tanto, a fin de avanzar en la incorporación masiva, el fisco porteño extendió la clave fiscal porteña "para la identificación inequívoca de los contribuyentes o responsables de todos los gravámenes" administrados por el organismo de recaudación local.

"Asimismo, se facultó a la Dirección General de Rentas para establecer el cronograma escalonado de implementación a fin de la realización de trámites o cualquier otro servicio que se habilite en el futuro, respecto a los distintos impuestos que recauda la AGIP", explicaron las fuentes consultadas.

Al igual que sucede con la clave fiscal suministrada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el sistema de implementación del código porteño prevé diferentes niveles de seguridad a fin de evitar fraudes fiscales y delitos informáticos. Actualmente, rigen dos niveles:

• El nivel de seguridad 1 se asignará únicamente a las personas físicas cuando actúen en representación de sí mismas.
• El nivel de seguridad 2 se asignará únicamente a las personas jurídicas a través de sus representantes o bien personas físicas que actúen en representación de terceros, permitiendo además hacerlo por sí mismos.

De tratarse del representante legal de asociaciones y sociedades de cualquier tipo, el responsable deberá presentar en las oficinas de la AGIP:
Original y copia de:
• Documento de identidad.
• Documentación que lo acredite como representante legal de la respectiva entidad.
• Constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria o Laboral (CUIT o CUIL) En
El nuevo código online permite que los contribuyentes agilicen las presentaciones y pagos de impuestos. Asimismo, la clave le facilita al fisco porteño la tarea de inspección y fiscalización.

Hernán Gilardo
Publicado por iProfesional.com


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