viernes, 24 de abril de 2009

Blanqueo Laboral. Regularización del personal no declarado.

Nuestro departamento de Seguridad Social se ha abocado al análisis de las situaciones planteadas en el marco de la Ley 26476 en su Titulo II – vigente hasta el 31 de agosto de 2009.

Un aspecto que es importante resaltar es la posibilidad de regularizar las deudas que no puedan ser objeto del blanqueo laboral a través de la utilización de la moratoria impositiva y previsional prevista por la misma ley en su Titulo I.

En este sentido consideramos la conveniencia de analizar cada situación en particular y la posibilidad de incluir o no cada una de ellas bajo la orbita del Blanqueo Laboral.

Es conveniente recordar lo dicho por el director General de los Recursos de la Seguridad Social, Ivan Budassi, quien afirmo que “se esta conformando la fuerza del control del trabajo en negro mas grande que haya tenido la seguridad social en la Argentina”. Evidentemente la agenda de trabajo 2009 tiene que ver con el empleo no registrado. “Ese cuerpo estará formado por los 2.000 ex empleados de las AFJP que iran directamente a combatir el empleo en negro”, agrego. Además, concluyo que recorrerán los diferentes sectores de la economía argentina en conjunto con los Ministerios de Trabajo de la Nación y las Provincias.

Ver este y otros temas vinculados con la Ley 26476 en nuestro blog www.moratoriayblanqueo2009.blogspot.com


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