viernes, 24 de abril de 2009

Constitución de Sociedades. Sociedad Anónima y Sociedad de Responsabilidad Limitada. Normas de la I.G.J.

Nuestro estudio contable e impositivo con su departamento de Sociedades lleva adelante el cumplimiento de las normas de la Inspección General de Justicia (I.G.J.) y especialmente se ocupa de la constitución de sociedades y de toda la operatoria que la misma requiera.

Aspectos a tener en cuenta:
A manera de síntesis desarrollamos algunos aspectos que habrá que tener en cuenta al momento de pensar en constituir una empresa y que pueden resumirse en dos grandes capítulos: 1) Protección de los activos personales y 2) ventajas impositivas.

Protección de Activos Personales:
La mayor razón por la cuál los individuos eligen llevar adelante una actividad a través de una empresa es por la protección que logran sobre sus activos personales, como ser su casa, ahorros familiares, y otros bienes.

En caso de que el negocio fracase, estos activos personales no podrán ser tocados. Estarán, por lo tanto, protegidos de los acreedores. En cambio en las sociedades de hecho y unipersonales los titulares responden con sus propios bienes por las deudas de la empresa.

Ventajas Impositivas:
En especial están dadas por la posibilidad de aplicar sobre sus ganancias deducciones admitidas por la ley del impuesto a las ganancias para disminuir el pago de este impuesto, las otras estructuras informales como la empresa unipersonal o sociedad no gozan de estos beneficios.

Otras Ventajas:
En caso de fallecimiento de uno de sus titulares, la empresa puede seguir funcionando ya que la dirección es independiente de los accionistas.

La propiedad de los bienes es fácilmente transferible.

Hacer negocios es mucho más fácil. Los bancos y comercios estarán más dispuestos a hacer negocios que si tuvieran frente a si, a una persona física. Y también acerca a clientes de mayor envergadura.

Por otro lado y ya desde la óptica de haber tomado la decisión de constituir una sociedad.

Instrumentación:
Habiendo ya tomado la decisión de constituir una sociedad ya sea anónima o de responsabilidad limitada deberán tenerse en cuenta una serie de datos y elementos y definir algunos conceptos. Resumimos algunos de ellos:

1. DENOMINACION PROPUESTA PARA LA SOCIEDAD: Informar 3 opciones en orden de prioridad de hasta 60 caracteres cada una, no pueden utilizarse las palabras “Argentina” “Nacional” ni denominaciones de profesiones ni apellidos de uso corriente que no sea el de alguno de los socios.
2. DATOS PERSONALES DE CADA SOCIO: (Deben ser personas hábiles)
a. APELLIDO Y NOMBRES COMPLETOS
b. NACIONALIDAD
c. FECHA DE NACIMIENTO
d. PROFESION
e. DOMICILIO REAL
f. DNI
g. CUIT
h. ESTADO CIVIL (Si es casado nupcias y Nombre y Apellido del Cónyuge – si es viudo Nombre y apellido del Cónyuge fallecido)
3. PLAZO DE DURACION: Máximo 99 años
4. OBJETO SOCIAL: Deberá ser definido y preciso.

5. CAPITAL SOCIAL:
a. Monto – Se podrá analizar la posibilidad de fijar el capital mínimo admitido.
b. Porcentaje de cada socio (el minoritario si lo hay no podrá ser inferior al 10%)

6. FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: Será el último día de cualquier mes del año.

7. DOMICILIO SOCIAL: Deberá fijarse en el ámbito de la Jurisdicción en que se decida tener la administración de la sociedad.

8. GERENTES O DIRECTORES QUE NO SEAN ACCIONISTAS O SOCIOS: Se requerirán los mismos datos que los indicados para el punto 2.

Para S.R.L.:

9. GERENTES: Cantidad de Gerentes indicando si es en forma conjunta o indistinta.

Para Sociedades Anónimas:

10. DIRECTORIO:
a. Mínimo y máximo de integrantes (uno a cinco miembros)
b. Duración del mandato (Máximo 3 ejercicios)
11. SINDICATURA: Síndico titular y suplente ó prescindir de sindicatura ( Con 1 Director suplente)

No hay comentarios:

Publicar un comentario