domingo, 4 de octubre de 2009

Vence el plazo para regularizar deudas impositivas bonaerenses.

ARBA extendió hasta el 5 de octubre el plan de pagos de hasta 60 cuotas según lo anuncia la misma pagina.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) extendió hasta el 5 de octubre el plan de pagos de hasta 60 cuotas para deudas impositivas con importantes bonificaciones por abonar al contado aquellas deudas que no se encuentran en juicio. A su vez, continúa un esquema de descuentos para las deudas en etapa judicial con quitas de hasta el 80% en los intereses.

Para las deudas que no están en juicio, de los impuestos Inmobiliario, Automotor, sobre los Ingresos Brutos, Sellos vencidas o devengadas al 31 de diciembre de 2008 y planes de pago caducos a dicha fecha, se otorgan bonificaciones del 80% siempre que se cancelen en uno ó tres pagos.

Es importante agregar que los planes con descuentos en ningún caso significa que el ciudadano moroso que se adhiera vaya a abonar menos que si hubiera pagado en término.

A su vez, los que prefieran regularizar el pago en cuotas deberán abonar un anticipo del 5% y el saldo en planes que podrán ser de 6 a 15 cuotas con una bonificación por pago en término del 15% sobre el valor de la cuota.

Los que salden el pago de la deuda con el plan de 18 a 24 cuotas no obtendrán bonificación; mientras que para la modalidad de 27 a 60 cuotas se aplica un interés de financiación del 1% sobre saldo. Para este último caso las cuotas del plan serán iguales, mensuales y consecutivas, y comprende un beneficio adicional de acuerdo a la forma de pago que se seleccione:

De 27 a 36 cuotas: si se abonan todas las cuotas del plan en término, se bonifica la última cuota del plan.
De 39 a 48 cuotas: si se abonan todas las cuotas del plan en término, se bonifican las dos últimas cuotas del plan.
De 51 a 60 cuotas: si se abonan todas las cuotas del plan en término, se bonifican las tres últimas cuotas del plan.

Deudas en juicio
En tanto, para las deudas en juicio con una antigüedad menor a un año se aplica una bonificación del 15% en los intereses y hasta 48 cuotas, mientras que aquellas que tienen una antigüedad mayor a 365 días a la fecha de adhesión al plan obtendrán una quita del 80 por ciento.

Para los juicios de antigüedad mayor a un año existe la posibilidad de acceder a planes de hasta 60 cuotas abonando un anticipo del 5 %. En cambio, para los planes de pago judiciales caducos al 31 de diciembre de 2008 se ofrecen 36 cuotas sin interés pagando un anticipo del 5 por ciento:

De 3 a 6 cuotas: se otorga un 10% de bonificación si se trata de juicios con antigüedad menor a un año; un 30% si es mayor a un año, y un 80% si son anteriores al 1de enero de 2005.
De 9 a 24 cuotas: se aplica un 10% de bonificación si se trata de juicios con antigüedad mayor a un año, y un 80% si son anteriores al 1 de enero de 2005.
De 27 a 48 cuotas: se aplica un interés de financiación del 1% sobre saldo, y sólo para los casos de juicios anteriores al 1 de enero de 2005 se otorga un 10% de bonificación por pago en término.
De 51 a 60 cuotas: alcanza a las deudas en juicios con antigüedad mayor a un año. El interés de financiación es del 1% sobre el saldo, mientras que para los que están en juicio desde antes del 1 de enero de 2005, se otorga una bonificación del 10% por pago en término.

En todos los casos, los contribuyentes que deseen levantar cualquier medida cautelar que recaiga sobre sus bienes (como embargo de cuentas o inhibiciones), deberán cancelar el 50% del monto adeudado al fisco.


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