El nuevo ordenamiento se dio a conocer a través de la resolución general 2682 publicada en el Boletín Oficial.
La norma será de aplicación para los pagos que se realicen a partir del 4 de enero próximo, inclusive, aun cuando correspondan a conceptos u obligaciones devengados con anterioridad a dicha fecha.
La resolución aclara que el nuevo esquema se implementó "con el fin de facilitar la aplicación, el control y la fiscalización" de las obligaciones tributarias.
domingo, 4 de octubre de 2009
La AFIP reformula el régimen de retención para la construcción
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